SOBERANIA. IDEA Y REALIDAD DE SOBERANIA, CONCEPTOS PERFECTOS DE ELLA. Artículo en curso o «in fieri». Estado al 18 de Julio de 2020, Fiesta del Alzamiento Nacional, y 24 del mismo mes. «Pater, Patria, Patres / Vater, Vaterland / Mater / Madre Patria / Lar / Lugar, los Lares (los lug-ares : Locus Lares(Larium) : Cabeza y columna vertebral del origen del dominio, la Autoridad y la Soberanía.

SONERANIA, IDEA Y REALIDAD. CONCEPTOS PERFECTOS DE SOBERANIA, DISTINTAS ESPECIES DE SOBERANÍA Y DISTINTAS MANERAS DE EJERCERLA. DIFERENCIA  ENTRE SOBERANIA, AUTORIDAD, POTESTAD, FACULTAD. IDEAS Y REALIDAD ES OBJETIVAS O EXTRAMENTALES. CONCEPTO GENERAL DE “SOBERANIA”: ES LA AUTORIDAD PLENA MÁXIMA POSIBLE A INDIVIDUO HUMANO, LA CUAL SEA INDEPENDIENTE DE CUALQUIER AUTORIDAD Y DOMINIO AJENOS HUMANOS. A veces se usa el término en sentido de derecho a soberanía fáctica. 

Los conceptos son primarios naturales, que surgen en la mente por impulso natural del individuo intelectualmente capaz o inteligente, o de ora composición, ora invención, elaboradas artificialmente por el sujeto. El concepto de soberanía primario es idéntico al de un determinado dominio personal independiente de cualquier otro dominio efectivo y libre de toda sujeción a mando ajeno, puede ser concebido o entendido como un derecho, o bien como un estado de hecho, una relación personal y real de hecho. La soberanía, como concepto distinto al de dominio individual del monarca supremo de una sociedad, sobre sus súbditos, y sin subordinación de dicha sociedad a otra u a otro jefe, es secundario, y no hay uno sólo, son más o menos tardíos en la Historia, pero todos conservan su género  de concepto de dominio ora sobre personas, sea el total (los súbditos son esclavos), sea el de mando (sobre súbditos con derechos de libertad civil) y sujeción, ora sobre personas y terrotorio. Y en correlato al concepto de dominio o propiedad puro y total, natural primario, y la realidad a que se refiere, surge la idea y realidad de soberanía, al confrontarse intelectualmente concepto y realidad de dominio, con los de «predominio», condicionamientos del dominio supremo, o indispensables apoyos activos de los subordinados, y niveles jerárquicamente  estratificados sociales de dominación. De ahí que se pueda hablar de monarca Soberano, y de la soberanía de su Reyno y Nación, cada cual con dominación de distinto tipo y grado, pero recíprocamente indispensables para que sea racional, objetivo y factible hablar de soberanía de un Reyno, sociedad, o República, es decir, un grupo o sociedad una, con unidad o personalidad que necesita los sujetos actores de su soberanía unificadora, y a la vez tal unidad permite el ejercicio unitario de la gobernación y la vida organizada conjunta social de esa sociedad. Soberanía es gobierno, y cuando se trara de varias realidades conceptualmente diferentes a cada una de las cuáles se la denomina «gobierno», la Soberanía es un tipo, un estrato y grado máximo de gobernación efectiva, un tipo que no abdsorve los otros tipos, no aniquila otras gobernación es, sino que las complementa y ultima su reunificación, culminándo el cuerpo de la pertinente sociedad, con el elemento vértice o cúspide del más capaz y dar y dador de las órdenes supremas en asuntos supremos o llegados a la competencia y despacho del Soberano, o supremo .           En los primeros y más elementales estados de soberanía ésta es el dominio intrínseca y comprensivamente pleno, dominio formalmente perfecto, y, como tal, libre. Decir Jefatura, monarquía, dominación suprema, dominio total, o soberanía, sería simple y llanamente usar dos dinonimos perfectos, cuando se estuviese hablando de ámbito de relaciones de régimen, relaciones gobernacion/gobernados, entre seres padres con autoridad natural sobre sus hijos, y éstos últimos.
Cuando se trata de soberanía políticosocial, frente a sociedad o territorios fuera del alcance del gobierno político de una sociedad, se entiende un dominio condición indispensable de los demás dominios de una sociedad politicosocialmente libre de mando ajeno o extranjero. Soberanía sobre territorio es el estado que el Soberano, o la sociedad con su Soberano, a du vez soberana respecto de poder político y económico respecto del extranjero, es el dominio básico o predominio que la sociedad soberana (que a su vez tiene un soberano propio) sobre dicho territorio, en el sentido de que en ese lugar esa sociedad pueda vivir politicisocialmente independiente de otra distinta. Esto lo percibe el individuo, no se inventa un concepto artificial para ese estado que entiende y e  el que vive confirme a tal estado.
En cuanto a la soberanía puramente interna de una sociedad políticamente unificada, lo que llamaríamos nación, se plantea la cuestión de quién tiene la soberanía sobre ésta, y, en la mayoría de los casos, sobre el territorio nacional, o donde la sociedad susodicha tiene la facultad y potestad de vivir políticamente independiente de instancias políticas ajenas. Y en respuesta a la cuestión hay contestaciones, tres posiciones fundamentales  distintas: 1a) La soberanía se halla en el monarca, que para unos pensadores la recibe directamente de Dios, y según otros la tiene en virtud de su predominio de poder personal que posea en base a los medios de que él disponga superiores, de la mayor impositividad política, a los que tengan sus subditos; 2a) La soberanía la tiene como propia, o depositaria, una Aristocracia, por los motivos que en la respuesra anterior son atribuidos al monarca»; 3a) La tiene cada individuo, el cuál, conjuntamente con la misma acción coincidente de otros individuos, y porque no pueden ejercerla ellos directamente, la delega, delegan, en un jefe supremo individual, o una jefatura múltiplo colegiada; 4a) La tiene toda la sociedad políticamente organizada o unificada, y, como no puede ejercerla directamente en el mando supremo de la misma sociedad, la delega o deposita en un jefe, o varios, colegiados. 
Salvo la primera, y con Derecho Divino del monarca, las demás, y por ese orden de enumeración, son degeneraciones. En la 3a y la 4a se plantea cuál es vínculo jurídico y, a parte, el método de delegación. En cuanto a lo primero, con Locke y Rousseau, se piensa que «el contrato social». Unos afirman que el sujeto del contrato, de iniciativa del contrato, es el individuo. Otros que el sujeto es la misma sociedad, que como de hecho no suelen estar de acuerdo en una determinada delegación o elección de un concreto delegado, actúa por mayoría, o la multitud es la que decide y determina quién concretamente ha de ejercer la soberanía. La tesis comienza en Suárez y fundamenta la democracia representativa, a la que nos hemos opuesto siempre los monarquistas, tanto los absolutistas, cuanto los partidarios de la Monarquía temperada por su deber de sujeción a leyes del Reyno elaboradas por determinados grupos, o instituciones. Y coincidimos católicos integrales y paganos como el Barón de Evola, a pesar de la peculiar concepción de la Divinidad, y divinidades, de ese autor. La más cumplida crítica a lo que el gran pensador denomina «órdenes representativos» es la exhaustiva del Muy Rvd°. Padre jesuita itálico Luiggi Taparelli D’Azeglio. Todos los Fascismos propiamente dichos, por ser monárquicos (sin hereditariedad de sucesión familiar legal, de la corona), recogen la anterior crítica monárquica tradicional, al menos en cuanto al origen de la soberanía política nacional, a entender que no está ni en el individuo cualquiera de la sociedad, ni en ésta como masa. En esto todos somos Tradicionalistas monárquicos, y desarrollamos crítica contra las bases ideológicas de la democracia representativa, y contra toda democracia inorgánica. Los discursos, a propósito, del Excelentisimo Señor III Marqués de Estella, sin ejemplares, esencialmente los mismos, magistralmente explicados y ampliados, que los del monarquisno Tradicionalista católico. La hereditariedad legal de la corona es opinión discutida, pertenece al ámbito de las opiniones y es relativamente secundario. Monarquía era la visigoda hispánica, y no estaba establecido ordinariamente se heredase de padres a hijos la corona, y monarquía es la de Los Reyes Católicos y sus sucesores legítimos. Secundaria vióse la cuestión desde los inicios de la Falange Española, que puso en su más alta admiración expresa a dichos Reyes Católicos y a Su Majestad Don Felipe II de Habsburg. FET y de las JONS, asumió este último régimen, y la reinsrauracion de la Monarquía hereditaria, en España, pero una porción de Falangistas y FETistas advirtieron el funesto error de la designación del fratricida y de ascendencia revolucionaria liberal Juan Carlos de Bornón y Bornón, como Príncipe, y luego como rey de España. Liquidó, con ayuda de los infiltrados y los traidores, el Régimen del Movimiento Nacional y du tipo de Estado y de Monarquía tradicional. Parece mentira que individuos como Serrano Súñer (pionero y a la cabeza), Manuel Fraga Iribarne, Gutiérrez de Mora, Ernesto Giménez Caballero, etc. actuaran a favor de la liquidación del Régimen. Y asombra que el Capitán General de la Armada fuese leal al monstruo de iniquidad y gran vividor antitradicionalista projudeomasón. Le costó la vida, fue asesinado por la judeomasonería yanki en complicidad con los marxistas leninista separatistas, de ETA, fundada por un clero réprobo, uno de cuyos presbíteros participó en la preparación del atentado de calle Claudio Coello.
La soberanía como realidad no existe en la mayoría de los casos, para las naciones que creen tenerla respecto del extranjero, al igual que sucede con la soberanía interna nacional, orgánica por necesidad, reconocida o no. Se limita, en la mayoría de los pueblos, a un derecho natural no satisfecho. La tienen de hecho, no de derecho, la judeomasonería de Judeiyankilandia con su filial Estado de Israel, China, Rusia, Irán, Siria autarquista, y pocos más. Un cierto margen lo tiene, con infidelidades a sus tiranos exteriores, Turquía y otros países. Pero los de Europa, por ejemplo, están bien subyugados por el poder político y militar de Judeiysnkilandia. 

 

(Este apartado está en curso) 

SOBERANIA INDIVIDUAL ABSOLUTA DEL SUJETO SOBRE SÍ MISMO COMO OBJETO DE POSESION Y DOMINIO:

Aunque no es frecuente el uso del concepto aplicándolo al solo individuo, es lógica su aplicaciòn al individuo respecto de sí mìsmo, o sea, la soberanía del individuo sobre sí mismo. El alcance de la soberanìa individual admite grados. Es inmanente absoluta “ad intra” y “ad extra”, en el individuo que viva solo en una isla, o lugar, sobre el que nadie más que él tenga soberanía. Para que tenga soberanía absoluta política sobre sí mísmo ha de tenerla, por necesidad práctica, sobre su espacio vital y medios de subsistencia mínimo. Pero la soberanía que el individuo tiene sobre sí mísmo, viviendo en una sociedad, aunque sea en relación a la Soberanía y autoridad política ( la políticopolítica (técnicamente llamada “Soberanía Política”, y la políticosocial, denominada por Vázquez de Mella y sus discípulos, normalmente: Soberanía Social) es absoluta en cuanto a la ejecución de las decisiones tomadas en conciencia moral sobre asuntos individuales que no necesitan dependencia de ningún mando ajeno o externo a dicho individuo, de modo que es, en Derecho Natural, jurídicamente independiente respecto de los demás seres, menos respecto de Dios, y únicamente es la del sujeto vivo sobre sí mismo, dependiente de Dios, en relación al cuál es esencialmente relativa, dependiente de su Ley Divina Natural, por cuanto toda Soberanía absoluta de individuo es sólo inmanente en cuanto como tal no transciende a Dios, ni a ente alguno, y es dependiente de la Soberanía de Dios, la cuál es inmanente, necesaria e inamisible en Él, y también transciende a todas sus criaturas, siendo así que un ser finito recibe su ser y la soberanía individual propia que tuviere sobre sí mísmo, en materia de conciencia moral y de libertad naturalmente legítima de pensamiento, INMEDIATAMENTE DE DIOS SOBERANO DEMIURGO, MOTOR INMOVIL Y CRIADOR; procede de su ser y naturaleza individual humana y ésta procede de Dios causa eficiente, y se mantiene existente por la misma Cáusa, y actúa por causa de Dios Premotor y Motor contínuamente actuante, no de hombre, ni de otro ente finito alguno. La Soberanía individual propia es la autoridad (a que se añade el dominio legítimo de sí mísmo, que ésta preside y por la que debe regirse) que un ser inteligente, cuerdo y dotado de libre albedrío tiene de sí mísmo, sin dependencia de otro hombre, y esa legitimidad la da Dios a través de su Ley Natural aplicada a ese ente consciente y racional libre. En la conciencia sujetiva y subjetiva del ser humano soberano de sí mismo se conjuntan jerárquicamente Soberanía ajena transcendente, de Dios, y soberanía propia, inmanente, de uno mismo y sobre uno mismo en materia a él naturallegítimamente o naturalontológicamente reservada, porque es la misma naturaleza individual del sujeto finito y la naturaleza externa ajena que lo mantiene en vida y en cuanto lo mantiene, las que establecen causalmente la soberanía inmanente individual y sus límites. Esa soberanía no es concedida por hombre, ni sociedad algunos. Ni la Patria, ni una nación, ni un jefe externo la dan. Se trata de Autoridad soberana o independiente de otra distinta a la de Dios. Soberanía individual es Autoridad sobre un dominio de algo que el sujeto posee como propiedad suya, pero no como las otras propiedades (entes = cosas) que le sirven instrumentalmente, sino con dominio de modo singular porque tanto el cuerpo o parte material del sujeto, como su alma en sentido de alguna otra inmaterial realidad que lo constituya distinta del espíritu; más el espíritu no son instrumentos suyos, sino son él mísmo. Posee, se posee, y es posesión y, más aún, propiedad de Dios. “ El honor es patrimonio del espíritu, y el espíritu sólo es de Dios, que me lo da en propiedad de dominio posesivo y administrativo pero no absolutamente absoluta, sino relativamente a Dios absoluta”. El espíritu posee su cuerpo, y cuanto de inmaterial tenga, libre de toda posesión externa humana. Este objeto poseido es libre, subordinado al poseedor y dueño. En estado jurídico de esclavitud, el amo posee el cuerpo del esclavo e impera sobre su espíritu, pero éste permanece con libre albedrío, libre de dominio humano ajeno, no hay dominio ajeno dobre todo el espíritu y sobre todas sus facultades, todas sus decisiones y todos sus actos internos.  El elemento principal interno y foro de su conciencia permanecen fuera de toda propiamente dicha propiedad humana del sujeto libre. Esre tiene patrimonio interno como una realidad (conciencia, voluntad libre, pensamientos líbremente causados) inherente al sujeto, con intimidad reservada a él, que tampoco tiene su espíritu, salvo sus facultades, como instrumento, sino como sujeto, onticidad de sujeto, también para poseer, o usar, instrumentos y objetos externos, que sean indispensables para ejercerse dicha soberanía individual . Cuando el sujeto espiritual, y material concomitante, substancia humana completa, se tiene como objeto, actúa sobre éste, actuando sobre sí mísmo, nunca como instrumento de uso, sino como sujeto que usa y es usado como su propio objeto. Es suyo con un dominio formalmente mayor, más profundo, que el de una propiedad externa al individuo, y más libre, dominio especial, externamente dependiente de sólo de Dios.

SOBERANIA NATURAL E INMEDIATAMENTE OBLIGATORIA DE INDIVIDUO SOBRE OTRO U OTROS INDIVIDUOS

I. ASCENDIENTES. 1: Progenitores y subsidiarios. Original y primaria soberanía, la soberanía familiar paterna/materna, subsidiriadizable. 

En este estado soberanía, autoridad, potestad naturales son sinónimos, cuando se trata de familia socialmente aislada y constreñida a la autosuficiencia de supervivencia. 

Es la patria potestad, el deber /derecho de mando sobre la propia prole, es la facultad jurídiconatural no de propiedad o dominio (en sentido técnico jurídico de estos términos), sino de gobierno sobre los más íntimos e inmediatos subordinados, gobernación a ser ejercida por los padres sobre sus hijos, al menos hasta la pubertad de éstos, normalmente hasta el final de la adolescencia del vástago, es la denominada «patria potestad», y se prolonga en los incapaces (imbéciles, impedidos, inválido, etc., cuando por razón de su menoscabo, no pueden valerse por sí mísmos. Tiene la misma materia intrínseca que la de la relación de la madre, o padres, respecto de sus crías, obrando por instinto el sujeto progenitor naturalmente depurado al efecto, mientras que en los seres humanos ora preside, ora acompaña tanto el entendímento racional con conciencia del deber ético pertinente, cuanto, en segundo orden, la libre voluntad.

La obligación de manutención, educación y tutela la funda el derecho natural que los hijos, naturalmente dependuentes de los adultos, en cuanto la la subsistencia, y desarrollo biológico y educacional o de aprendizaje fundamental para sobrevivir, normalmente en sociedad, tienen los niños y adolescentes, que, habiendo sido concebidos por sus progenitores y parisis y nacidos de sus respectivas madres, adquieren un vínculo natural, mental, instintivo, con sus dichos progenitores y estos con sus propios hijos. El recién nacido necesita a su madre para alimentarse de las tetas maternas. La carencia de éstas, de leche materna de la propia progenitora, o la ausencia de la madre para ese menester, requiere de nodriza, o sujeto substituto que proporcione el alimento adecuado, al lactante. La nodriza, o la persona que  substituya a la madre propia no tiene los mismos vínculos psicológicos que hay entre madre e hijo. La permanencia del hijo, feto, en el vientre materno es ocasión de interrelación no sólo corporal, sino también mental entre madre e hijo. El parto y el primer contacto de abrazo materno propio, al hijo, percibido por éste, crea un estrado psicológico esiecífico de impregnaion psíquica, que, desaparecido en etapas posteriores evolutivas del sujeto filial, tiene, en las personas no dejeneradas en su instinto filial, una prolongación psicológica de vínculo semejante al primario y primero aludido. Ello indica que la Naturaleza, no defectuosa por carencia de materia concreta propia, en esre ámbito, está dispuesta de forma que es la madre, y resta siempre, el sujeto propio primario del vínculo natural pleno materno, correlato del la vinculación filial natural plena del propio vástago, incluso cuando la madre ha fallecido, o está ausente. 

Generalmente la madre es la posesor a y custode de los cachorros que ha gestado, parido, y amamanta, y después les procura, en muchas especies animales, comida. La Loba de Roma amanantó a Rómulo y Remo, y ha habido lobas que han alimentado y protegido a niños, adoptando los como si fueran hijos de ellas. El periodista Iker Jiménez, en uno de sus programas de la serie «Cuarto Milenio» trajo al plató a un hombre que fue criado así en el bosque. Los leones recién conquistada la autoridad sobre una manada, destronado el antecesor, suelen matar a la prole de éste, adelantan el celo de las hembras que han sido madres, se aparean con ellas, tienen cachorros y los dejan vivir (si no «les dan mucho la lata», claro está). En el «infanticidio» los leones advenedizis suelen aoribecharse del descuido de las madres, pues normalmente, si están presentes, se enfrentan ferozmente a los machos, que, aún siendo más fuertes, no aguantan fácilmente ser atacados tenazmente por las hembras, y ceden. Alguna vez éstas se juntan contra el macho potencialmente agresor y lo echan. Si las hembras no aceptan al retador o nuevo monarca, éste no puede imponerse, se halla en medio de un ambiente femíneamente hostil, que no soportan, y ante superioridad de número y cerco de hebñmbras, se verá sobrepasado en fuerza, sencillamente hostigado, atacado y vencido sin que ose enfrentarse al grupo asediador.

La madre es elemento, sujeto, entre dos fundamentales, fundamental de la «madre patria» inmediata. 

La herencia biológica y estructural mental, y profundopsicológica del descendiente, respecto de sus ascendientes, la misma Sangre, predispone al sujeto humano a aprender de sus padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelo, chorlitos, estén vivos, o muertos, pues los fallecidos también enseñan, o a través de su historia, o parte de ella, contada por otros, o por medio de escritos, u otras obras y monumentos o efectos que hayan dejado en esre mundo. 

2: Abuelos, bisabuelos, tatarabuelo, chorlitos, los patriarcas y matriarca del clan. Segundo estadio de la soberanía : Soberanía patriarcal/matriarcal.

Los Lares en la antigua Roma, sin los padres, ya fallecidos y divibizados, de una «gens», una estirpe, y hay estirpes castas o razas, y uso sinónimos perfectos. 

Los Patres son los ascendientes, y todos son padres antes que abuelos, etc.. Se es abuelo, bisabuelo, etc., porque primero se es padre. 

 

 

CONTINUARA DIOS MEDIANTE.

Ricardo de Perea y González, Pbr°. .

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